RENOVACIÓN
DE FIANZAS:
¿EXIGEN LOS
MISMOS REQUISITOS?
¿TENDRÉ LAS
MISMAS CONDICIONES?
Los contratistas realizan con
frecuencia estas dos preguntas al momento de solicitar la RENOVACIÓN de sus
fianzas.
El contratista debe entender que
la renovación no es una “obligación” de la entidad emisora. En la realidad,
existe una práctica recurrente por parte de las entidades públicas, quienes,
quince días antes del vencimiento de las fianzas, cursan cartas notariales a
las entidades financieras solicitando la “renovación” o, en caso de negativa,
“requieren el pago total”. Está situación genera incomodidad en la relación
cliente-entidad financiera pues muchas veces, ambas partes no están de acuerdo
en la renovación “automática”.
Queda claro que la “renovación”,
según la Ley de Contratación Pública, es una obligación del contratista más no
de la entidad emisora.
Al margen de los costos que
representa la indicada RENOVACIÓN, desde el punto de vista estrictamente de ANALISIS
DE RIESGO FINANCIERO, para determinar si la RENOVACIÓN es viable, deberá
evaluarse:
a)
Estado actual de la Obra en Ejecución que cuenta con las fianzas
emitidas que desean renovarse;
b)
Determinar si la ejecución de la Obra se ha venido realizando
conforme a lo programado.
c)
Determinar que otros riesgos operacionales (climatológicos,
acciones de terceros –vandalismo-, administrativos –vinculados a la entidad
pública- , etc), tiene el nuevo periodo de tiempo que debe garantizarse con la
fianza a renovarse.
d)
Determinar que otros riesgos crediticios tiene el contratista
por el nuevo periodo de tiempo (actualizar su información financiera a fin de
conocer su nuevo estatus).
Del análisis de lo anterior,
podrán mantenerse o exigirse nuevas “condiciones” de emisión de la RENOVACIÓN
de las fianzas, tanto en Tasa como en Garantías que garantizarán
la operación.
Como se apreciará, la RENOVACIÓN
de fianzas no se realiza “en automático” como erróneamente a veces se
interpreta. Esta situación puede configurar incluso, un análisis integral
cuando se trata de Consorcio pues el DIAGNOSTICO debe realizarse a todos
los miembros del CONSORCIO.
Se aconseja acudir a un asesor
financiero a fin de realizar un planeamiento y estructuración adecuados antes
del vencimiento de las fianzas primigenias.
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